REGLAMENTO GENERAL DE SERVICIOS

Este Reglamento General de Servicios (en adelante el “Reglamento”), fijado por M.A. FITNESS CENTER S.A.S y CR40 FUNCIONAL CENTER SAS., rige para todas las personas que tengan la calidad de AFILIADO, a partir del día de su afiliación y durante todo el tiempo de la misma, hasta el último día de terminación de su contrato; igualmente contiene los lineamientos necesarios para propender por la buena atención y uso de los bienes y servicios ofrecidos en MOMBA® FITNESS & CROSS40®,  de conformidad con lo siguiente:

 

PRIMERA. El presente documento hace parte integral de los contratos individuales celebrados tanto en virtud de los convenios, como las afiliaciones, que se hagan de manera individual.

 

SEGUNDA. SERVICIOS: MOMBA® FITNESS & CROSS40® ofrece el servicio de salud preventivo, reparador y mitigador, mediante el entrenamiento físico con baile, funcional y demás metodologías, dictadas en nuestras sedes presenciales, con rutinas grupales que tonifican, esculpen el cuerpo, liberan el estrés, mejoran la postura, eliminan grasa localizada, que a su vez incrementan la vitalidad y energía al estimular el sistema cardiovascular, lo que permite mejorar la resistencia física y la elasticidad, para lo cual dispone de instalaciones y talento humano profesional idóneo para guiar dichas prácticas con el fin de brindar seguridad y comodidad a los afiliados.  Como también desde el 2020, hemos extendido nuestros mercados y servicios a una plataforma digital, donde a un solo play encontraras entrenamientos diseñados para que todas las personas sin importar su capacidad física mejoren su condición, fortalezcan sus músculos y adopten hábitos de vida saludable ejercitándose 60 minutos al día desde la comodidad de su casa.   

 

TERCERA. OBJETIVOS. MOMBA® Fitness & CROSS40® tiene como objetivo principal mejorar la condición física de todos y cada uno de sus afiliados; buscando con ello promover la cultura de la salud. Con este fin se promueven actividades físicas de: tonificación muscular, optimización de las condiciones cardiovasculares y cardiopulmonares, disminución y/o aumento de peso corporal, buscando la reducción de la ansiedad y el stress, estableciendo la disciplina deportiva como un hábito positivo y habitual de sus afiliados. Colocando al servicio de sus afiliados, todo lo necesario, para que con su esfuerzo, voluntad y tenacidad los afiliados logren los resultados que espera obtener; toda vez, que e MOMBA® Fitness & CROSS40® no puede garantizar ningún resultado.  

 

CUARTA. HORARIOS. Las sedes que hacen parte MOMBA® Fitness & CROSS40®, se regirán por los siguientes horarios:

 

 

PARAGRAFO. Sin perjuicio de lo anterior, los horarios están sujetos a cambios, por razones de mantenimiento, reparaciones, vacaciones del personal, fuerza mayor o caso fortuito, entre otras, que a juicio de M.A. FITNESS CENTER S.A.S y CR40 FUNCIONAL CENTER SAS., considere necesarias, para el buen funcionamiento de sus instalaciones y el bienestar de sus afiliados y personal de colaboradores, previa información a sus afiliados.

 

QUINTA. INSTALACIONES. Las instalaciones de MOMBA® Fitness & CROSS40® se encuentran adecuadas a las necesidades de nuestros afiliados, para el desarrollo de las actividades físicas descritas. En caso de requerirse adecuaciones en alguna de nuestras instalaciones, se procederá a tomar las medidas necesarias, y se informará a los afiliados de estas.

 

SEXTA. REQUISITOS PARA EL INGRESO Y USO DE LOS SERVICIOS. Todos y cada uno de los afiliados, una vez suscrito y pagado, su contrato de afiliación, podrá ingresar a cualquier sede sin importar donde ha realizado su inscripción, si así su plan lo permite. Cabe resaltar que algunos planes promocionales tienen restricciones de ingreso tanto para sedes, como para franjas horarias. Por favor revisar las restricciones de cada plan en su detalle. El afiliado deberá ingresar en el dispositivo dispuesto para tal fin en la entrada de cada una de las sedes, su número de identificación personal (cedula, tarjeta, etc.), y en caso de no existir ningún inconveniente, le será permitido su acceso.

 

SÉPTIMA. CALIDAD DE LA AFILIACIÓN. Toda afiliación es personal e intransferible, por lo tanto, no se permitirá el ingreso a las instalaciones a personas diferentes al titular de la inscripción. PARÁGRAFO PRIMERO: Para evitar suplantaciones, el número de identificación reportado en nuestras bases de datos y/o el archivo magnético será siempre el del número de la cédula del titular de la afiliación. Podrán afiliarse a MOMBA® Fitness & CROSS40®  los menores de edad no menores de siete (7) años y hasta los dieciocho (18) años cumplidos, quienes estarán a cargo de sus padres, un adulto responsable y/o su acudiente. MOMBA® Fitness & CROSS40®  no se hará responsable de la seguridad y cuidado de ningún menor que ingrese a sus sedes, los cuales deberán estar bajo la supervisión de su acudiente, padre o adulto responsable, ya que es un requisito ineludible para su ingreso a las instalaciones. PARAGRAFO SEGUNDO. Si el menor de edad es quien se encuentra afiliado, el adulto responsable, acudiente o padre, no podrá usar los servicios de MOMBA® Fitness & CROSS40®, a excepción de que su ingreso se registre como invitado y cumpla con los pagos respectivos, o bien se trate de un afiliado. PARAGRAFO TERCERO. No podrá ingresar a las instalaciones de MOMBA® Fitness & CROSS40®  ningún menor sin el cuidado de un adulto responsable, acudiente o padre, en caso de no cumplirse lo dispuesto, se procederá a la cancelación de la afiliación, toda vez que no se cuenta con personal para suplir esta obligación. No podrán estar menores de edad en ningún área de las

instalaciones sin vigilancia y cuidado de sus acudientes cuando estos se encuentren haciendo uso del servicio ofrecido por MOMBA®

2 Fitness & CROSS40®. PARAGRAFO CUARTO. En caso de personas con alguna discapacidad, podrán afiliarse, previa información escrita a la gerencia o administración de la sede, de las clases e intensidad de las terapias, nombre de los especialistas o especialista que lo acompañara y el pago del costo adicional para autorizar el ingreso del especialista. PARAGRAFO QUINTA: MOMBA® Fitness & CROSS40® no se hace responsable de las terapias, los resultados o lesiones que el afiliado sufra durante el desarrollo de las clases dentro de sus instalaciones o fuera de ellas. 

 

El afiliado deberá cumplir en forma eficiente y oportuna las siguientes reglas: a.      Conocer y respetar las disposiciones de este Reglamento. 

  1. Mantenerse durante todo el tiempo de vigencia del Contrato afiliado a una EPS y/o Medicina Prepagada y tener al día los aportes al régimen de seguridad social en salud. Al inicio, y en cualquier momento durante la vigencia del Contrato, MOMBA® Fitness & CROSS40® podrá requerir los comprobantes que evidencien la afiliación del afiliado al sistema de seguridad social en salud y que los pagos se encuentren al día.
  2. Suministrar y declarar información completa y veraz sobre su estado de salud.
  3. Pagar oportunamente el valor del plan.

OCTAVA. CONGELACIÓN DE AFILIACIONES, DEBITO AUTOMÁTICO Y NO DEVOLUCIÓN DE DINERO. La afiliación podrá ser congelada, siempre y cuando el Afiliado se encuentre al día, por un mínimo de ocho (8) días, y hasta el tiempo máximo de sesenta (60) días contados a partir de la fecha de congelación. La política de congelaciones está sujeta a los siguientes términos:  

 

  1. El tiempo mínimo de congelación es de ocho (8) días en adelante, por un tiempo menor a este seguirá corriendo su plan vigente.
  2. El tiempo máximo para mantener su paquete congelado es hasta el fin de vigencia de su plan.
  3. Un usuario sólo puede ser congelado una única vez en paquetes de treinta (30) días. Dos (2) veces máximo, si se trata de un paquete trimestral y tres (3) veces máximo si el paquete es semestral o anual; o según las políticas que tenga el contrato de su plan.
  4. En caso de congelar varias veces en un mes recomendamos el uso de un plan tipo tiquetera.
  5. Las tiqueteras no se pueden congelar, no son transferibles ni se pueden compartir.
  6. Durante el periodo de congelación, el Afiliado no podrá usar su plan, salvo que solicite su reactivación.

Para proceder a solicitar una congelación, el afiliado deberá informar en la administración de la respectiva sede, o a la línea nacional con anterioridad a la fecha programada de congelación; en eventos de fuerza mayor o caso fortuito, se deberá informar de inmediato la situación para solicitar la congelación, de lo contrario no se aplicará la misma, pues estas congelaciones no son retroactivas y deberán ser autorizadas por la Gerencia. No hay lugar a devoluciones por ningún concepto.

Entiéndase por débito automático como un servicio que le permite pagar sus facturas automáticamente, así el afiliado no tendrá que preocuparse por su fecha de renovación, esto aplica para todos los planes si el afiliado da su autorización de débito automático al sistema. Adicionalmente se cuenta con un plan, con el precio más bajo por mes en Plan Semestre Débito Automático, disponible solo para una (1) compra autorizada por nuestro equipo de ventas, aceptando una cláusula de permanencia de seis (6) meses, teniendo en cuenta el precio ofrecido, en caso de retiro por parte del Afiliado antes de la culminación de este, el Afiliado deberá pagar como multa por cancelación anticipada el veinte (20%) del precio full correspondiente a los meses que resten para cumplir los seis (6) meses del plan adquirido; este plan no se renueva a la finalización del mismo. Al aceptar el pago, aceptas las condiciones del plan, así como los términos correspondientes según la entidad bancaria. Las partes declaran que la suscripción del documento que autoriza el débito automático presta mérito ejecutivo para la efectividad de las obligaciones en él contraídas, sin necesidad de constituir en mora a la parte cumplida.

NOVENA. TRANSFERENCIAS: Entiéndase por transferencias aquella que permite, el paso del tiempo faltante por usar de una persona a otra. El tiempo que se transfiere es el que falta por cumplir en el plan de la que transfiere, contado a partir de la solicitud y pago de transferencia.

  1. Transferencia cliente nuevo: Se debe pagar valor de $20.000.
  2. Transferencia cliente antiguo: Se debe pagar valor de $20.000.

DÉCIMA. APTITUD FISICA Y MENTAL DE LOS AFILIADOS. Los afiliados con la suscripción del contrato de afiliación declaran bajo la gravedad del juramento, y aceptan encontrarse en capacidad física, mental y fisiológica, óptima y adecuada para el desarrollo y practica de los servicios ofrecidos por M.A. FITNESS CENTER S.A.S. y CR40 FUNCIONAL CENTER S.A.S., los cuales se detallan en este contrato. En cumplimiento de lo anterior, declaran encontrarse en condiciones óptimas de salud, y por tanto usarán y practicarán los ejercicios y programas bajo su responsabilidad, siguiendo las indicaciones señaladas en forma directa y/o a través de los instructores MOMBA® Fitness & CROSS40®. En caso de incumplimiento, de esta cláusula MOMBA® Fitness & CROSS40® se reserva la libertad de negar el ingreso y dar por terminado el contrato, por motivos de salud, bienestar y seguridad de las personas, sean estos afiliados, visitantes, y/o colaboradores.

 

DÉCIMA PRIMERA. PROHIBICIONES. Ningún afiliado, invitado y/o colaborador, podrá utilizar las instalaciones si se encuentra enfermo, afectado por enfermedades infectocontagiosas y/o tomando medicamentos que alteren su capacidad física y mental, o que se encuentren bajo los efectos del alcohol y otras sustancias que alteren sus estados físicos y mentales. Está prohibido para cualquier afiliado, invitado y/o

colaborador, dentro de las instalaciones de las sedes:                                                                                               3

 

  1. El consumo de bebidas alcohólicas, cigarrillos y medicinas estimulantes.
  2. El consumo de toda clase de alimentos y bebidas, excepto que sean con fines de hidratación, y/o dentro de los locales establecidos en la sede para ese fin.
  3. Realizar actos que atenten contra la moral y las buenas costumbres.
  4. Mantener   relaciones o actos sexuales, dentro de las instalaciones de la sede.
  5. La utilización de los elementos y aparatos, cuando se encuentra enfermo.
  6. Atacar o agredir tanto física como moralmente al personal que se encuentre dentro de la sede.
  7. Violentar los candados o materiales de seguridad de las instalaciones.
  8. Usar el celular y/o cualquier dispositivo electrónico durante la ejecución de las clases y/o actividades deportivas desarrolladas en las instalaciones de MOMBA® Fitness & CROSS40®, toda vez que puede ser un elemento distractor causante de accidentes o lesiones.
  9. Tomar elementos tanto de propiedad de MOMBA® Fitness & CROSS40®, como de los demás afiliados.
  10. Dañar los elementos y equipos puestos a su disposición para el desarrollo de las actividades, caso en el cual se suspenderá la membresía hasta no realizar la reposición del elemento o el valor total del elemento.
  11. Comercializar cualquier producto tangible e intangible dentro de las instalaciones, lo cual acarrea la suspensión de la membresía. l. Comercializar productos y/o medicamentos.
  12. Contratar y/u ofrecer bienes o servicios utilizando el nombre de la marca MOMBA® Fitness & CROSS40®, sin previa autorización de sus directivas.
  13. El ingreso de menores sin su acudiente, padre, o adulto responsable, así como dejarlos sin supervisión y cuidado permanente. Se deja expresa constancia que MOMBA® Fitness & CROSS40® no se hace responsable ni civil ni penalmente por lesiones o accidentes de todo tipo, muerte, o fallecimiento de menores de edad que ingresen al establecimiento.
  14. El ingreso de invitados sin los requisitos establecidos en el reglamento.
  15. El ingreso de animales sin la supervisión y cuidado requerido de su propietario y/o poseedor, quien responderá civil y penalmente por los daños y/o perjuicios que éstos ocasionen a MOMBA® Fitness & CROSS40® y/o terceros, bien físicamente o a las propiedades que colindaren. Los perros potencialmente peligrosos deberán usar bozal, estar sujetos con cadena y estar vigilados por una persona mayor de edad, cumpliendo con la normatividad vigente en la materia.
  16. La utilización de lockers y casilleros para el depósito de objetos que no sean de propiedad del afiliado.
  17. Guardar en lockers y casilleros objetos de valor como: joyas, dinero, documentos personales, equipos celulares o similares, equipos de cómputo portátiles, iPod, sin la respectiva seguridad, igualmente queda prohibido guardar armas, drogas, explosivos, etc.
  18. Colocar en lockers y casilleros, elementos que puedan surtir descomposición, moho u otros que produzcan olores desagradables y o daños a los mismos.
  19. Realizar actividades fuera del horario y lugar establecido, para su realización.
  20. Contratar servicios de entrenadores personalizados, con afiliados activos de MOMBA® Fitness & CROSS40®.
  21. Hacer pasar a sus entrenadores personales como otro afiliado o invitado.
  22. Utilizar los elementos e instalaciones de MOMBA® Fitness & CROSS40® por personal no autorizado por el mismo.
  23. Utilizar los elementos e instalaciones de MOMBA® Fitness & CROSS40® para practicas diferentes a las que han sido creadas. y. Dañar las instalaciones de las sedes y sus elementos.

PARAGRAFO. En caso de incumplimiento de cualquiera de las prohibiciones aquí establecidas, MOMBA® Fitness & CROSS40® procederá a cancelar la afiliación de la persona que incurra en estas conductas, sin derecho a devolución, compensación y/o indemnización de dinero alguna por este concepto, y sin perjuicio de las acciones legales que se deriven de su accionar. PARÁGRAFO SEGUNDO. Además de las conductas anteriormente referidas, MOMBA® Fitness & CROSS40® se reserva el derecho de considerar como inadecuadas y prohibidas otras conductas que no sean acordes con el objeto de MOMBA® Fitness & CROSS40®. PARÁGRAFO TERCERO. En caso de los colaboradores y personal de apoyo de MOMBA® Fitness & CROSS40®, se tomarán las medidas disciplinarias correspondientes, sin perjuicio de las acciones legales a que haya lugar.

 

DÉCIMA SEGUNDO. ELEMENTOS NECESARIOS PARA EL INGRESO Y USO DE LAS INSTALACIONES. Además de la aceptación y pago de la afiliación, todo afiliado debe contar con los siguientes elementos indispensables para el ingreso y uso de las instalaciones: a) ropa adecuada para la práctica de los ejercicios; b) zapatos tenis adecuados; c) toalla personal; d) líquido para hidratarse.

 

DÉCIMA TERCERA. SERVICIO DE LOCKERS. MOMBA® Fitness & CROSS40® ofrece a sus afiliados lockers y/o casilleros única y exclusivamente para ser utilizados durante el tiempo que permanezcan en las instalaciones y durante la práctica de las clases. Luego de lo cual, deberán desocuparse, para que puedan ser utilizados por otros afiliados, invitados y/o colaboradores. Por razones de seguridad todos los lockers y/o casilleros, deberán encontrarse libres y vacíos al término del horario fijado por cada sede. MOMBA® Fitness & CROSS40® no se hará responsable de los elementos allí dejados ni durante, ni después de las clases. Según la clase de elementos encontrados, se dejarán en la recepción y si pasado un (01) mes sin que sean solicitados en la administración de la sede, se procederá a su destrucción.

 

DÉCIMA CUARTA. OBJETOS PERSONALES. MOMBA® Fitness & CROSS40® no se hace responsable ni civil, ni penalmente por la pérdida, daño o extravío de los objetos y bienes depositados en lockers y casilleros por los afiliados, invitados y/o colaboradores. Así como

tampoco, de los elementos que ingresen y sean de propiedad de los afiliados, invitados y/o colaboradores, cuya tenencia y custodia está

4 bajo cuenta y riesgo de quien ingreso dichos elementos. Igualmente, tampoco se hará responsable de elementos dejados en custodia del personal de colaboradores de la sede. Adicional si algún objeto propiedad de un usuario es encontrado por algún afiliado este deberá ser entregado en la recepción de la sede de manera inmediata y registrado en el libro de excel llamado “objetos perdidos”.  

 

DÉCIMA QUINTA. AFILIACIONES. MOMBA® Fitness & CROSS40® atenderá por intermedio de personal autorizado, a todas las personas, que acudan a realizar sus afiliaciones. Por lo tanto, no se hace responsable, ni civil ni penalmente por afiliaciones recibidas fuera de las instalaciones de las sedes, exactamente en la recepción de cada sede, sin previa autorización de la Gerencia. Todos los afiliados, al momento de su inscripción e ingreso, serán notificados del contenido del presente Reglamento, el cual se encuentra publicado en la página web www.mombafitness.comwww.mombafitness.comwww.cross40.com.co para su conocimiento. Una vez realizada la afiliación, el afiliado se somete a las normas contenidas en el Reglamento y por ende se obliga a cumplirlas estrictamente. El incumplimiento de cualquiera de las normas prescritas será causal de cancelación de la respectiva inscripción. La inobservancia de las normas y reglas por parte del afiliado obligará a MOMBA® Fitness & CROSS40® a dar por terminado el contrato de afiliación en forma unilateral y con justa causa, sin lugar a reembolso alguno, por concepto de las sumas pagadas anticipadamente. 

 

DÉCIMA SEXTA. DESAFILIACIONES Y CANCELACIÓN AUTOMÁTICA DE LAS AFILIACIONES. Todo afiliado, asume responsabilidad frente al presente contrato. Por lo tanto, la vulneración a alguna de las cláusulas establecidas dentro del presente documento, extingue la relación contractual entre el afiliado y MOMBA® Fitness & CROSS40®, por lo tanto, cuando el afiliado incumpla el mismo, sin importar el tiempo de uso de su afiliación, se procederá sin previo aviso, y a modo de sanción, a la cancelación inmediata de su afiliación, y no habrá lugar a indemnización alguna y/o devolución de dinero.

 

DÉCIMA SÉPTIMA. RESPONSABILIDAD. MOMBA® Fitness & CROSS40® no se hace responsable ni civil ni penalmente, de los resultados, accidentes cardiovasculares, lesiones de todo tipo, muerte o fallecimiento del afiliado, provenientes de las actividades deportivas ofrecidas por M.A. FITNESS CENTER S.A.S y CR40 FUNCIONAL CENTER S.A.S.. en cada una de sus sedes.

 

DÉCIMA OCTAVA. PARQUEADEROS. MOMBA® Fitness & CROSS40® no se hace responsable por vehículos, motos, bicicletas y cualquier otro bien que sea dejado en custodia de los parqueaderos que son propiedad de terceros y/o en la calle.

 

DÉCIMA NOVENA. ASEO, MANTENIMIENTO Y ORDEN. Todos los afiliados deben colaborar con el mantenimiento del aseo y limpieza de las áreas y equipos que utilicen en cada una de las sedes de MOMBA® Fitness & CROSS40®, especialmente se comprometen a: a). No arrojar papeles, envases y toda clase de elementos al piso; b) Utilizar adecuadamente las canecas dispuestas para tal fin; c) Regresar  a su lugar  y limpiar de forma adecuada los elementos usados; d) Dejar todo en el orden encontrado; e) Informar de manera inmediata cualquier anomalía que se presente con el aseo de las sedes.

 

VIGÉSIMA. MOMBA® Fitness & CROSS40® se reserva los siguientes derechos: a) Admisión del personal de colaboradores y apoyo, afiliados y visitantes; b) Modificar, adicionar y/o complementar en cualquier momento las normas y principios rectores del presente Reglamento; c) Dar por terminado el contrato por las razones contenidas en el mismo; d) El derecho de renovar o no la afiliación; e) De suscribir actas de compromiso con los afiliados cuando se requieran; f) A realizar devoluciones o indemnizaciones económicas y g) A modificar el presente Reglamento según las necesidades y beneficios, tanto de la empresa como de sus afiliados.

 

VIGÉSIMA PRIMERA. OBSERVACIÓN Y CUMPLIMIENTO DEL REGLAMENTO GENERAL DE SERVICIOS. Todos los afiliados al momento de su inscripción e ingreso, serán notificados del contenido del presente Reglamento con la firma del contrato de afiliación, para el efecto, este Reglamento se encuentra publicado y a disposición de los afiliados en la página web www.mombafitness.com y www.cross40.com.co. A partir de dicho momento quedarán sometidos a las normas que contiene el Reglamento y por ende se obligan a cumplirlas estrictamente. El incumplimiento de cualquiera de las normas prescritas será causal de cancelación de la respectiva inscripción. La inobservancia de las normas y reglas por parte del afiliado obligará MOMBA® Fitness & CROSS40® a dar por terminado el contrato de afiliación en forma unilateral y con justa causa, sin lugar a reembolso alguno, por concepto de las sumas pagadas anticipadamente. 

 

VIGÉSIMA SEGUNDA. VIGENCIA DEL PRESENTE REGLAMENTO. Este Reglamento es general, y atiende a las necesidades y obligaciones de los afiliados, y comenzara a regir a partir de la fecha de su expedición, dejando sin vigencia alguna, reglamentos anteriores y todas las normas internas que le sean contrarias. Para efectos de notificación de los afiliados antiguos, se publicará en las carteleras de las sedes copia del mismo y adicionalmente se publicará en la página web www.mombafitness.com y www.cross40.com.co. Parágrafo. No obstante lo anterior, MOMBA® Fitness & CROSS40® se reserva el derecho, de modificar el presente Reglamento, según las necesidades de la empresa, y en pro del beneficio de sus afiliados, sin previo aviso.

 

VIGÉSIMA TERCERA. TRASLADOS DE SEDES MOMBA® Fitness & CROSS40® por motivos de conveniencia, fuerza mayor o caso fortuito, podrá trasladar las sedes establecidas a otras zonas de la ciudad. Así mismo, podrá realizar obras de adecuamiento a las instalaciones de las sedes, en cualquier momento, cuando las circunstancias y el bienestar de los afiliados, así lo exijan, previa notificación a los afiliados. En este evento, se le informara al usuario la situación, y se acordará con este el traslado a la sede más conveniente a los

intereses del usuario, y según la disponibilidad, horarios y adecuación del espacio de la sede, que escoja el usuario. Por este hecho, no

5 abra lugar a desafiliaciones, ni a reclamar la devolución de su dinero, o demandar indemnización alguna por posibles perjuicios.

 

VIGÉSIMA CUARTA. PÓLIZA DE ACCIDENTES: Los afiliados podrán contratar libre y voluntariamente, a su propio costo, un seguro de accidentes directamente con las Entidades Aseguradoras que prestan dicho servicio, y que, según la cobertura, atenderá cualquier eventualidad que se presente en desarrollo de la actividad física contratada. En caso contrario, el afiliado, deberá hacer uso del sistema de seguridad social al que se encuentre afiliado, exonerando de responsabilidad civil o penal al MOMBA® Fitness & CROSS40®, por cualquier accidente que se presente en la práctica deportiva, dentro de sus instalaciones.

 

VIGÉSIMA QUINTA. EVENTOS Y CALAMIDADES: MOMBA® Fitness & CROSS40® no se hace responsable ni civil, ni penalmente por cualquier accidente resultante de eventos programados interna o externamente. De igual manera MOMBA® Fitness & CROSS40®, queda exonerado de pagar cualquier tipo de indemnización, devolución de dineros, y/o responsabilidad en los casos de incendio, sismo, asonada, actos vandálicos o acciones de terceros, o cualquier otro tipo de calamidad, desastre natural que se presente. Además, el MOMBA® Fitness & CROSS40®, queda exonerado de responsabilidad civil o penal, ante casos por fuerza mayor y/o caso fortuito.

 

VIGÉSIMA SEXTA. TERMINACION DEL CONTRATO. El presente contrato podrá darse por terminado en los siguientes eventos: 1) Por mutuo acuerdo; 2) Terminación del plazo pactado; 3) Muerte del afiliado; 4) Unilateralmente por alguna de las siguientes razones: a) De conveniencia, considere que los actos del afiliado, atentan contra el orden público interno y la estabilidad económica de MOMBA® Fitness & CROSS40®; b) Cuando los actos del afiliado atenten contra las libertades individuales y derechos consagrados en la Constitución y la ley, de los demás afiliados, directivos y empleados de MOMBA® Fitness & CROSS40®; c) Cuando los actos del afiliado atenten contra la integridad física y moral de los directivos y empleados de MOMBA® Fitness & CROSS40®; d) Cuando los actos del afiliado atenten contra los equipos y demás implementos necesarios para el desarrollo del objeto social de MOMBA® Fitness & CROSS40®; e) Cuando se presente sabotaje o se propaguen rumores que generen pánico entre los demás afiliados y pongan en riesgo la estabilidad económica de MOMBA® Fitness & CROSS40®; f) Cuando se lideren protestas en masa, utilizando medios de comunicación masivos, redes sociales, entre otros, que atenten contra los intereses de MOMBA® Fitness & CROSS40® y g) Por el incumpliendo de este Reglamento; 5) Por daño de las sedes y elementos de MOMBA® Fitness & CROSS40®; 6) Por no acatar las Clausula Décima Segunda del presente Reglamento. En estos, casos no habrá lugar a devoluciones ni indemnizaciones económicas de ninguna índole. 

 

VIGÉSIMA SÉPTIMA. POLÍTICA DE TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES: M.A. FITNESS CENTER S.A.S. (en cumplimiento de lo dispuesto en la Ley 1581 de 2012, el Decreto Reglamentario 1377 de 2013, el Decreto 886 de 2014, y demás normas que complementen, modifiquen o deroguen lo relativo a la protección de datos personales en Colombia, ha adoptado su Política de Tratamiento de Datos Personales (en adelante la “Política”), la cual tiene como objetivo principal poner en conocimiento de los Titulares de los Datos Personales el alcance y la finalidad del Tratamiento al cual será sometida esta información, en caso de que se otorgue su autorización previa, expresa e informada, así como los derechos que les asisten en calidad de Titulares de la información y los procedimientos establecidos por M.A. FITNESS CENTER S.A.S. y CR40 FUNCIONAL CENTER S.A.S. para hacerlos efectivos. 

 

M.A. FITNESS CENTER S.A.S. Y CR40 FUNCIONAL CENTER S.A.S. realizará tratamiento de datos personales consistente en recolectar, almacenar, usar, circular, registrar, administrar, reportar, procesar, emplear, evaluar, analizar, confirmar, actualizar y suprimir, bajo estándares de confidencialidad, seguridad, transparencia, veracidad, temporalidad, acceso y circulación restringida, con la finalidad de que M.A. FITNESS CENTER S.A.S. y y CR40 FUNCIONAL CENTER S.A.S., ejecute la relación contractual existente, lleve una relación histórica de los clientes de MOMBA® Fitness & CROSS40®, contacte a los clientes en caso de consultas, peticiones, quejas, reclamos o sugerencias sobre el servicio prestado por MOMBA® Fitness & CROSS40®, envíe información comercial sobre las actividades que realiza MOMBA® Fitness & CROSS40® y sobre el lanzamiento de nuevos servicios y productos y/o la realización de eventos y actividades, realice campañas de satisfacción y haga seguimiento de la prestación de los servicios y los productos de MOMBA® Fitness & CROSS40®, envíe comunicaciones por correo físico, electrónico, dispositivo móvil, o a través de cualquier otro medio análogo y/o digital de comunicación con información comercial, publicitaria o promocional sobre los productos y/o servicios, eventos, promociones, campañas y/o concursos de carácter comercial o publicitario, relacionados con los servicios prestados por MOMBA® Fitness & CROSS40®, así como información del estado del servicio contratado (vencido, próximo a vencer, o congelado), capture imágenes a través de video vigilancia para garantizar la seguridad de las personas y los bienes que se encuentren en las instalaciones de MOMBA® Fitness & CROSS40®, así mismo, capture imágenes y/o videos de las personas que se encuentren en calidad de clientes en las instalaciones de MOMBA® Fitness & CROSS40® con fines publicitarios de la marca MOMBA® Fitness & CROSS40® y cumpla con las demás finalidades previstas en la Política de Tratamiento de Datos Personales, documento que se encuentra disponible en el sitio web https://www.mombafitness.com y www.cross40.com.co/, el cual el AFILIADO declara haber leído previamente al otorgamiento de la autorización. 

 

EL AFILIADO manifiesta que ha sido informado sobre sus derechos como titular de la información, los cuales están reconocidos en la normativa nacional, en especial los relativos a: i) conocer, actualizar y rectificar sus datos personales; ii) solicitar prueba de la autorización otorgada; iii) ser informado – previa solicitud a MOMBA® Fitness & CROSS40® -, acerca del uso que se le han dado a sus datos personales; iv) revocar la autorización y/o solicitar la supresión de los datos cuando así lo desee, siempre y cuando no exista la obligación de carácter legal o contractual que lo impida o en aquellos eventos en que no se respeten los principios, derechos y garantías constitucionales y legales v) presentar quejas ante la Superintendencia de Industria y Comercio, cuando no se resuelvan sus consultas, reclamos y solicitudes en los

términos establecidos en la Política de Tratamiento de Datos Personales de MOMBA® Fitness & CROSS40® o en el ordenamiento jurídico

6 , vi) acceder en forma gratuita a sus datos personales que hayan sido o sean objeto de tratamiento; y vii) de la facultad que tiene de abstenerse de responder preguntas relacionadas con datos de información carácter sensible, que es aquella que afecta la intimidad del titular o cuyo uso indebido puede generar discriminación, dado que ninguna actividad derivada de la relación jurídica puede supeditarse al suministro de los mismos. 

 

El responsable del tratamiento es M.A. FITNESS CENTER S.A.S. ubicado en la carrera 35ª No. 48 – 30 piso 3. Bucaramanga (Santander). Teléfono: 3186498232. Correo electrónico: [email protected]

 

M.A. FITNESS CENTER S.A.S. se reserva el derecho de efectuar en cualquier momento modificaciones o actualizaciones a esta Política, las cuales serán publicadas y comunicados oportunamente a los Titulares de los Datos Personales

 

VIGESIMA OCTAVA. QUEJAS, RECLAMOS, SUGERENCIAS Y OBSERVACIONES: Los afiliados podrán presentar quejas, reclamos y/o felicitaciones o recomendaciones en nuestro buzón de sugerencias que reposa en la recepción o al correo electrónico [email protected], indicando nombre, identificación, dirección y teléfono de notificación y fecha de inicio y terminación del contrato de afiliación, datos que permitirán dar respuesta a las solicitudes, en virtud de lo establecido en el artículo 23 de la Constitución Política y las normas que lo reglamentan y complementan.